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Nuevo Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Publico |
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El pasado mes de septiembre se ha hecho público el borrador de Proyecto de Real Decreto de Desarrollo Parcial de la Ley de Contratos del Sector Publico que supondrá, en el momento de su entrada en vigor, la derogación del vigente Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este borrador aclara muchas de las dudas que se han originado en los CONTRATISTAS DEL ESTADO, tanto en los contratistas de obras como en los de servicios, desde la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Publico en el segundo semestre del año 2008.
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¿ Quien otorga la Clasificacion? |
La CLASIFICACION como CONTRATISTA DEL ESTADO es concedida por la Junta Consultiva de Contratacion Administrativa, organismo dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda . La certificacion de estar clasificada como contratista del estado que expedirá la Junta Consultiva certificará dos cosas: que la empresa sobre la que se emite el certificado figura inscrita como EMPRESA CONTRATISTA de obras o de servicios en el Registro Oficial de Empresas Clasificadas y los grupos, subgrupos y la categoría sobre los que se clasifica. Luego, en función de la categoría de la clasificacion de la empresa contratista, se podrá optar a la adjudicación de obras o servicios de mayor o menor entidad como CONTRATISTA DEL ESTADO. |
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¿ Que es la Clasificacion de Empresas? |
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Se trata de un requisito imprescindible para poder contratar con cualquier Administración Pública (nacional, autonómica, local) como CONTRATISTA DEL ESTADO cuando el importe de la obra sea igual o superior a 350.000€ o estemos ante una
prestacion de servicios por un importe igual o superior a 120.000 €, con alguna pequeña excepción. Es un requisito obligatorio de carácter administrativo que no puede suplirse por cualquier forma de acreditación de dicha capacidad, cuando legalmente sea exigible estar clasificado como contratista del estado o, lo que es lo mismo, clasificada ante la Junta Consultiva.
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