Noticias Fomento

Inicio
Nuevo Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Publico PDF Imprimir E-Mail
El pasado mes de septiembre se ha hecho público el borrador de Proyecto de Real Decreto de Desarrollo Parcial de la Ley de Contratos del Sector Publico que supondrá, en el momento de su entrada en vigor, la derogación del vigente Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Este borrador aclara muchas de las dudas que se han originado en los CONTRATISTAS DEL ESTADO, tanto en los contratistas de obras como en los de servicios, desde la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Publico en el segundo semestre del año 2008.

Como no podía ser de otra forma, se definen los nuevos grupos y subgrupos, definiendo con precisión los trabajos incluidos en cada uno de los subgrupos de clasificacion de los contratos de obras y de servicios. Así, en el ámbito de los contratos de obras, se recogen nuevos subgrupos como los muros cortina o edificios prefrabricados modulares, presas y balsas, el tan necesario subgrupo de conservacion y mantenimiento de viales o el de instalaciones deportivas.

En los contratos de servicios, es donde se produce la mayor reorganizacion de los grupos y subgrupos.de esta forma se introducen nuevos subgrupos relevantes en sectores donde con anterioridad a la nueva norma no era necesaria la clasificacion como contratista del Estado. Por ejemplo, el subgrupo S12 contempla los servicios de arquitectura; servicios de ingeniería y ervicios integrados de ingeniería; servicios de planificación urbana y servicios de arquitectura paisajista y servicios conexos de consultores en ciencia y tecnología o los servicios de ensayos y análisis técnicos. Tambien aparece un subgrupo S25 que supone la introduccion de los servicios sociales y de salud en el campo de la clasificacion de empresas contratistas, sector que habia sido excluido de tal exigencia en la última modificacion normativa.

En Aliona Abogados - Clasificacion de Empresas analizaremos todas estas modificaciones a través de esta pagina, no obstante, si quieren ser los primero en estar al tanto de nuestro scomentarios, les invitamos a darse de alta como usuario y suscribirse a nuestra newsletter.
 
Siguiente >